Derechos de Petición: Guía para tus derechos

El Derecho de Petición, avalado por la Constitución nacional, es una de las mejores herramientas de un ciudadano colombiano. ¿Por qué? Pues porque pone a la persona en poder de exigir respuesta por cualquier solicitud o petición a las autoridades. 

Para conocer todo lo que necesitas sobre estos documentos legales puedes continuar en esta web. Te mostraremos todas las especificaciones y aclararemos muchas de las dudas que puedas tener. 

Utiliza nuestro buscador inteligente para encontrar el Derecho de petición de tu interés.

Información sobre Derechos de Petición

✅ En este portal encontraras información actualizada sobre Derechos de Petición.

¿Qué es el Derecho de Petición?

El Derecho de Petición, como ya leíste, es una herramienta legal que ofrece la Constitución al ciudadano común. Más específicamente, está avalado por el artículo 23. En este se plantea que todos los ciudadanos pueden elevar a las autoridades o instituciones una petición respetuosa. 

Las instituciones, por su parte, están obligadas a responder siempre que la petición esté acorde a la ley. De no hacerlo, estarían cometiendo una falta administrativa sancionable. Tienen un período de hasta 15 días para dar respuesta. En algunos casos esto varía, según lo que dicta la ley.

Por ejemplo, si la petición es de documentos o información, el plazo máximo de respuesta es de 10 días. ¿Qué ocurre si no recibes respuesta tras ese tiempo? Se entiende que la solicitud se aceptó y la institución queda invalidada para negar los documentos pedidos. Estos te deberán ser entregados en 3 días.

En cambio, si estás elevando a cierta autoridad una petición, a modo de consulta sobre las materias a su cargo, el plazo se extiende. La institución tendrá hasta 30 días desde que reciban tu petición para enviarte una respuesta. 

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Tipos y clasificaciones del Derecho de Petición

El Derecho de Petición es una herramienta muy útil por la variedad de situaciones en que se puede emplear. ¿No sabes para qué casos te puede servir? Debajo encontrarás las distintas opciones que tienes para optar por este derecho frente a las instituciones. 

Derecho de Petición de interés general

Su fin es reclamar a una autoridad alguna acción específica como parte del cumplimiento de sus funciones legales. Los funcionarios tienen hasta 15 días hábiles para dar respuesta a este tipo de petición.

Derecho de Petición de interés particular

Cualquier ciudadano puede presentar peticiones respetuosas con el objetivo de que se le reconozca algún derecho particular. La entidad receptora cuenta con 10 días hábiles para dar respuesta.

Derecho de Petición de información

Cualquier ciudadano puede reclamar respetuosamente información sobre los asuntos internos de la administración pública. Por ejemplo, con quién se firmó un contrato con fondos públicos, para qué, por cuánto dinero, etcétera.

Derecho de Petición de consulta 

Las consultas son peticiones enviadas a las autoridades para solicitar una opinión o dictamen sobre algo. O sea, puedes preguntar a una institución su postura sobre algo que se encuentre bajo su jurisdicción.

Derecho de Petición de consulta a bases de datos

La petición para consultar bases de datos tiene que ser aceptada siempre que en dicha base existan datos tuyos. Mediante este recurso, puedes comprobar que tu información no haya sido mal utilizada.

Derecho de Petición para reclamo en materia de datos personales

Derecho de Petición

Si descubres una mala utilización de tu nombre u otros datos personales puedes presentar un reclamo. Esta opción te permite velar por tu privacidad

Derecho de Petición para queja 

Mediante las quejas puedes alertar a las autoridades de conductas irregulares en la prestación de un servicio público. Dichas irregularidades pueden haber sido provocadas por un trabajador privado o estatal.  

Derecho de Petición de reclamo

Cualquier persona está en su derecho de presentar reclamaciones a una institución o autoridad. Este tipo de peticiones deben recibir respuesta en los 15 días hábiles posteriores a su presentación.

Derecho de Petición de denuncia

Otro tipo de petición es la denuncia de una violación a tus derechos fundamentales como ciudadano. Puede ser, incluso, elevada a la autoridad competente en caso de que otra no haya respondido a una petición.

Derecho de Petición para solicitud de documentos

Una persona puede pedir a las autoridades la expedición o copia de algunos documentos públicos. Estos deberán ser entregados a no ser que, por temas de seguridad nacional u otros, sean clasificados.

Derecho de Petición para apelaciones

También puedes enviar una apelación en forma de derecho de petición. Ello en caso de que no estés de acuerdo con alguna decisión de una autoridad. 

Derecho de Petición entre autoridades

La petición entre autoridades se da cuando una autoridad envía alguna solicitud a otra sobre su campo de pertinencia. Esta se puede entregar para solicitar un documento o alguna información.

Derecho de Petición para solicitud de informes de los congresistas

Los congresistas son servidores públicos y, como tales, parte de sus datos deben ser de dominio de la ciudadanía. Evidentemente, por respeto a la privacidad, no podrás pedir cualquier tipo de información sobre un funcionario.

Sin embargo, hay datos que sí puedes exigir. Así te será posible controlar las acciones y el trabajo de los funcionarios públicos.

¿Qué debe incluir un Derecho de Petición?

¿Estás interesado en ejercer tu Derecho de Petición sobre alguna autoridad? A continuación, encontrarás el modelo para hacerlo de forma correcta. Las partes subrayadas y escritas en cursivas son las que debes reemplazar por los datos de tu situación personal.

Modelo de Derecho de Petición online

Ciudad, Fecha

Señores de Institución o autoridad a la que se eleva la petición

Presento ante ustedes el siguiente Derecho de Petición:

Yo, tus nombres y apellidos, identificado con la cédula de ciudadanía de número 000000000 expedida en el municipio Nombre del Municipio y domiciliado en colocar tu dirección, ejerciendo el Derecho de Petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Nacional y aquellas disposiciones que sean pertinentes del Código Contencioso Administrativo, solicito respetuosamente lo siguiente:

Escribe clara y precisamente aquello que deseas solicitar.

La petición anterior se fundamenta en las razones siguientes:

Detalla clara y precisamente cada una de las razones y los hechos que sirven de justificación a tu solicitud.

Para los efectos pertinentes, anexo estos soportes y documentos:

Anexa los documentos que sirvan de respaldo o prueba de los hechos que te llevaron al Derecho de Petición.

Firma de quien ejerce la petición.

Repetir nombre y apellidos del peticionario.

Repetir número de cédula del peticionario.

Colocar la dirección a la que deseas que sea enviada la respuesta.

Agregar un teléfono al que se te pueda contactar. 

Modelo derecho de petición

Preguntas frecuentes sobre el Derecho de Petición 

Hay algunas dudas que suelen ser frecuentes entre las personas que buscan ejercer su Derecho de Petición. Continúa leyendo y encuentra respuestas a las más recurrentes. 

¿Cuál es el contenido del Derecho de petición?

Hay algunos datos que no pueden faltar en un Derecho de Petición. Sin estos sería imposible que la institución de una respuesta lógica.

¿Cuáles son estos datos? 

  • La entidad o autoridad a la que va dirigida la petición.
  • Nombre y apellidos de quien la solicita.
  • Número de identificación de la persona solicitante.
  • Dirección a la que debe ser enviada la respuesta.
  • El objeto principal de la petición.
  • Razones y argumentos que fundamentan la petición.
  • Listado de documentos que presentaste para efectuar el trámite.
  • Firma de quien hace la petición.

¿Quién puede presentar un Derecho de Petición en Colombia?

El primer inciso presente en el artículo 13 de la ley 1437 dicta: “toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades”. 

Como puedes ver, la ley no hace distinción alguna sobre qué ciudadanos pueden optar por el Derecho de Petición y cuáles no. Esto quiere decir que absolutamente todas las personas pueden, incluso aquellos que aún sean menores de edad.

¿Necesito un abogado para presentar una petición?

Los adultos pueden hacerlo por sí mismos. No necesitan un abogado o ningún otro profesional legislativo para ejercer su Derecho de Petición.

Sin embargo, si eres menor de edad es un poco distinto. No necesitarás adjuntar a nadie más a tu petición si va dirigida a ciertas entidades. ¿A cuáles? A aquellas encargadas de la protección o formación de menores de edad. 

Si no es ese el caso, tampoco necesitarás un abogado, pero sí el respaldo de un tutor legal. O sea, de un adulto.

¿Cuál es el costo de presentar un Derecho de petición?

Los documentos de petición aparecen avalados en la Constitución como derecho de todo ciudadano. Como tal, no se necesita pagar nada para efectuarlo. 

La redacción del informe puedes hacerla sin tutoría legal. Del mismo modo, tanto la presentación de la solicitud como el recibimiento de la respuesta son completamente gratuitos.

¿Puedo presentar una petición ante una empresa privada o un particular?

Principalmente, el Derecho de Petición se aplica para enviar solicitudes o peticiones ante instituciones y autoridades estatales o públicas. Sin embargo, en ciertos casos se aplica también para empresas del sector privado.

Ello está contenido en el artículo 32 de la ley 1437, del año 2011. Ahí dice que todo ciudadano puede ejercer el Derecho de Petición para asegurar sus derechos ante cualquier organización privada. 

Entre estas, menciona corporaciones, fundaciones, asociaciones, cooperativas, sociedades, clubes, instituciones financieras y organizaciones religiosas.

Las instituciones privadas están obligadas a dar respuesta como si fueran públicas siempre que:

  1. Presten algún servicio público o, al menos, de interés general.
  2. Se afecte, de forma grave, el interés colectivo o general.
  3. Se afecte, con gravedad, uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Esto, como consecuencia de un estado de indefensión o subordinación.